Diferencias entre demanda, denuncia y querella

Una demanda, una denuncia y una querella son tres palabras cuyos conceptos se suelen confundir. Es de vital importancia a la hora de poner un proceso judicial en marcha conocer las diferencias. Como conocidos procuradores en Las Palmas os explicamos lo que es cada una.

¿Para cuál de ellas necesito un procurador?

Lo único que tienen estos conceptos en común es que los tres son el primer paso para empezar un proceso judicial, pero cada uno implica cosas diferentes.

La demanda sirve para poner en marcha un proceso civil. Esta ha de presentarse por escrito ante los Tribunales y ha de ir firmada tanto por un abogado como por un procurador, excepto cuando se reclama una cantidad inferior a 2.000 €.

Sin embargo, la denuncia y la querella ponen en marcha procesos penales, con lo que con ellas estamos planteando que se ha cometido un delito que se ha de investigar.

Con una denuncia, el denunciante avisa a los órganos competentes del delito que se ha cometido. Esta se pone directamente en comisaría y no es necesario disponer de abogado ni procurador. De hecho, no es necesario si quiera saber quién ha cometido dicho delito.

Finalmente, cuando pones una querella, tienes que acusar directamente a una persona concreta de haber cometido el delito que expones y además pides su condena. Esta se presenta por escrito ante el Juzgado competente y tiene que estar firmada por un abogado y un procurador. Con esto, el que emite la querella se convierte en la parte acusadora del proceso penal.